Aéreos a Madrid
Aéreos de Iberia a Madrid. Incluye impuestos y equipaje en bodega. ULTIMOS DOS LUGARES.
Aéreos ida y vuelta saliendo y a Ezeiza. Saliendo 15 de noviembre y regresando el 5 de Diciembre
Información extra
Servicios Incluídos
Aéreos
Impuestos
ID paquete: 1992
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Vuelos a Madrid
* Incluye impuestos y equipaje en bodega.
_**Horarios**_
Ida: 15 de Noviembre
BUENOS AIRES-MADRID 05:00 06:55
VUELTA 05 de Diciembre
MADRID - BUENOS AIRES 12:00 20:35
Cancelaciones:
- En caso de desistimiento de operaciones a crédito no tendrán reembolso los importes abonados en concepto de informes, gastos administrativos, sellados e intereses.
- Cuando se trate de desistimiento que afecte a servicios contratados en firme por la agencia, el reembolso de los mismos estará sujeto a las condiciones contractuales bajo las cuales presten sus servicios las empresas respectivas. En todos los casos de reintegros, la agencia podrá retenerle precio de los gastos incurridos más la comisión del diez por ciento de los servicios contratados con terceros.
Transporte no regular o charter:
Rige lo estipulado en el punto anterior. Sin perjuicio de ello. En estos casos solo se reintegrará la proporción del precio correspondiente a los servicios terrestres (hotelería, pensión, excursiones) que determine el organizador según la modalidad con que operen los prestadores de los servicios. Para que esta cláusula sea válida deberá determinarse en el primer documento entregado al pasajero la calidad del transporte.
Alteraciones o modificaciones:
- La empresa se reserva el derecho, por razones técnicas u operativas, de alterar total o parcialmente el ordenamiento diario y/o de servicios que componen el tour, antes o durante la ejecución del mismo.
- Salvo condición expresa en contrario, los hoteles estipulados podrán ser cambiados por otros de igual o mayor categoría dentro del mismo núcleo urbano sin cargo alguno para el pasajero. Respecto de estas variaciones el pasajero no tendrá derecho a indemnización alguna.
- La empresa podrá anular cualquier tour cuando se configure alguna de las circunstancias previstas en el art. 24 del Decreto N° 2182/72.
- Una vez comenzado el viaje, la suspensión, modificación o interrupción de los servicios por parte del pasajero por razones personales de cualquier índole, no dará a lugar reclamo, reembolso o devolución alguna.